Ayuda Escolar Jardin
La Asociación Mutual de Empleados de Escribanía de la Provincia de Buenos Aires brinda el beneficio denominado AYUDA ESCOLAR CICLO JARDIN ó EDUCACION INICIAL para el mayor bienestar de sus socios de acuerdo a su reglamentación.
Son beneficiarios los asociados empleados de escribanía de la provincia de Buenos Aires en relación de dependencia; los jubilados como tales, con hijos menores a cargo.-
El socio deberá encontrarse al día con el pago de la cuota mutual, tanto al momento del hecho que genere el beneficio como asimismo al momento de solicitar y percibir el mismo. No se dará curso a solicitudes de socios morosos. Socio Moroso es aquel que se encuentre atrasado dos trimestres en el pago de la cuota social. El socio moroso recuperará su condición de socio activo y el derecho a percibir beneficios tres meses después de regularizar su situación. Además deberá registrar una antigüedad mínima e ininterrumpida de tres (3) meses como socio y cumplimentar los requisitos enumerados a continuación.
El socio cuyo hijo/a concurra a ciclo Lectivo Jardín de Infantes ó educación inicial tiene derecho, a partir del 1° de Enero de 2026, a una ayuda fija anual de Pesos ciento sesenta y dos mil ($ 162.000).
El socio que perciba el presente beneficio pierde el derecho a solicitar el beneficio de AYUDA GUARDERIA.-
Remitir del 1 al 30 de Abril de cada año:
Solicitud de la pagina Web.
Constancia de alumno regular.
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.
Nota: De otorgarse el beneficio el importe correspondiente se abonará al socio por transferencia bancaria en la cuenta corriente, cuenta corriente especial o caja de ahorro del banco que obligatoriamente indique. Acreditado en ella se considerará pagado legalmente. El beneficio se pagará por ese único medio, excepto que la Mutual disponga otro medio de pago.