Beneficios

Viaje Bodas de Plata

La Asociación Mutual de Empleados de Escribanía de la Provincia de Buenos Aires brinda el beneficio denominado VIAJE BODAS DE PLATA para el mayor bienestar de sus socios de acuerdo a su reglamentación.

La Mutual otorgará anualmente un viaje gratuito por sorteo entre los socios que cumplen sus bodas de plata.

Son beneficiarios los Asociados empleados de escribanía de la provincia de Buenos Aires en relación de dependencia y los jubilados como tales.
El socio deberá encontrarse al día con el pago de la cuota mutual, tanto al momento del hecho que genere el beneficio como asimismo al momento de solicitar y percibir el mismo. No se dará curso a solicitudes de socios morosos. Socio Moroso es aquel que se encuentre atrasado dos trimestres en el pago de la cuota social. El socio moroso recuperará su condición de socio activo y el derecho a percibir beneficios tres meses después de regularizar su situación. Además deberá registrar una antigüedad mínima e ininterrumpida de tres (3) meses como socio y cumplimentar los requisitos enumerados a continuación. 

Participantes: Aquellos socios que cumplan sus "Bodas de Plata" matrimoniales entre el mes de Octubre del año anterior y el mes de Septiembre del año del sorteo.
Inclusión en sorteo: Los socios deberán anotarse para participar en el sorteo remitiendo solicitud y fotocopia de la partida de matrimonio respectiva antes del día 31 de Agosto de cada año.
Lugar y Fecha Sorteo: En reunión de Consejo Directivo durante el mes de Septiembre de cada año interviniendo los socios anotados.
Beneficiarios: socio y su cónyuge. 
Compañía de Turismo: A elección del socio.
Duración viaje y destino: Plazo máximo 10 días y 8 noches de Hotel de ó dentro del territorio Argentino y/o países limítrofes.
Traslado: Ida y vuelta en bus, tren o aéreo.
Beneficio: El 100 % del costo del viaje con un tope máximo de Pesos quinientos sesenta y tres mil ($ 563.000) por pasajero para el caso de alojamiento con pensión completa y de Pesos cuatrocientos cincuenta y cinco mil ($ 455.000) en caso de alojamiento con media pensión a partir del día 1º de Enero de 2026.- 

Beneficio Adicional: En caso de no tener el hotel elegido régimen de pensión completa se pagará, además, al socio Pesos noventa mil ($ 90.000) para cada uno de los viajeros.
Nota: El presupuesto de la Compañía elegida por el socio será comparado con otro que solicite la Mutual o con publicaciones Periodísticas de Agencias de Turismo con igual destino y similares condiciones. El monto del beneficio será el valor del presupuesto menor.
Forma de pago: A la empresa de Turismo, previa facturación, mediante transferencia bancaria ó al Socio por reintegro.
Plazo para uso del beneficio: Antes del 31 de agosto del año siguiente.

Requisitos a cargo del socio en la 1er. etapa: Remitir dentro de los 30 días antes del viaje:
Solicitud de la página Web.
Presupuesto de la Compañía de Turismo elegida.
Fotocopia último recibo de sueldo o haber jubilatorio.
Cumplidos los requisitos de la 1ra. etapa la Mutual resolverá la solicitud y la notificará al socio.
Requisitos a cargo del socio de la 2da. etapa: Remitir 
Factura del costo del viaje del socio y su cónyuge.
Fotocopia del recibo de pago del costo del viaje a la Compañía de Turismo de la diferencia si correspondiere.
Clave única (CBU) y Nº de cuenta Bancaria de la Compañía de Turismo.
Plazo para el pago de la Mutual a la empresa de Turismo: 5 días a contar de la fecha de recepción de los requisitos a cargo del socio de la 2da. etapa.
NotaDe otorgarse el beneficio por reintegro el importe correspondiente se abonará al socio por transferencia bancaria en la cuenta corriente, cuenta corriente especial o caja de ahorro del banco que obligatoriamente indique. Acreditado en ella se considerará pagado legalmente. El beneficio se pagará por ese único medio, excepto que la Mutual disponga otro medio de pago.