Servicios de Salud Mutual
Reglamento
del Beneficio de Servicio de Salud Mutual trascripto íntegramente, dice
así:
PRIMERA: La Asociación Mutual de Empleados de
Escribanía de la Provincia de Buenos Aires brindará el beneficio
denominado SERVICIO DE SALUD MUTUAL para
el mayor bienestar de sus socios de acuerdo a su reglamentación.-
SEGUNDA: Serán beneficiarios del presente los
asociados Empleados de Escribanía de la Provincia de Buenos Aires en relación
de dependencia, los jubilados como tales y su grupo familiar primario a cargo.-
TERCERA: El socio deberá encontrarse al día con
el pago de la cuota mutual, tanto al momento del hecho que genere el beneficio
como asimismo al momento de solicitar y percibir el mismo. No se dará curso a solicitudes de socios morosos. Socio Moroso es aquel
que se encuentre atrasado seis (6) meses en el pago de la cuota mutual. El
socio moroso recuperará su condición de socio activo y el derecho a percibir
beneficios tres (3) meses después de regularizar su pago. Además deberá registrar una antigüedad
mínima e ininterrumpida de tres (3) meses como socio y cumplimentar los requisitos
enumerados a continuación.-
CUARTA: Los beneficios de Optica y Prótesis Dentarias son exclusivos para el socio titular.-
Los
servicios se brindan al socio mediante el sistema de REINTEGRO y serán
cubiertos en un 100% en forma acumulativa y de cálculo anual calendario hasta
cubrir un tope máximo, a partir del 1° de Enero de 2026, de Pesos
setecientos cincuenta y seis mil ($ 756.000) para el socio titular y
su grupo familiar a cargo.-
DETALLE DE LOS SERVICIOS Y REQUISITOS DE SALUD MUTUAL
1) PRACTICAS
DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO MEDICO NO NOMENCLADO (Prácticas No Nomencladas):
Requisitos para solicitarlo:
Remitir dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de factura lo siguiente:
Solicitud de página Web.-
Factura con Código de Práctica realizada (del listado de prácticas no nomencladas).-
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.-
Orden médica que indique la práctica.-
Resumen de Historia Clínica.-
2) ORTODONCIA:
Requisitos para solicitarlo:
Remitir dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de factura lo siguiente:
Solicitud de Pagina Web.-
Factura emitida por el profesional interviniente.-
Resumen de Historia Clínica del Odontólogo.-
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.-
3) ZAPATOS Y PLANTILLAS ORTOPEDICAS:
Requisitos para solicitarlo
Remitir dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de factura lo siguiente:
Solicitud de página Web.-
Factura del comercio de Ortopedia.-
Orden médica de la corrección solicitada.-
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.-
4) OPTICA (Beneficio Exclusivo para el Socio Titular):
A partir del 1° de Enero de 2026:
Par de Anteojos (completo marco y cristales), un monto fijo de Pesos doscientos ochenta y dos mil ($ 282.000) por año calendario:
Cristales (solamente), un monto fijo de Pesos ciento cuarenta y un mil ($141.000) por año calendario.-
Lentes de contacto (de corrección visual), un monto fijo de Pesos doscientos ochenta y dos mil ($ 282.000) por año calendario.-
Se admitirá un solo pedido anual, por una u otra variante en forma excluyente, salvo que el socio acredite que debe resolver 2 correcciones visuales.-
Requisitos para solicitarlo:
Remitir dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de factura, lo siguiente:
Solicitud de página Web.-
Factura de la óptica.-
Prescripción médica de la corrección.-
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.
5) PRÓTESIS DENTARIAS FIJAS Y/O MÓVILES (Beneficio Exclusivo para el Socio Titular):
Requisitos para solicitarlo:
Remitir dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de factura lo siguiente:
Solicitud de página Web.-
Orden odontológica de la prótesis.
Factura del odontólogo prestador del servicio.-
Placas radiográficas pre y post tratamiento.-
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.-
6) DIFERENCIADOS (Beneficio Exclusivo para los Socios Adheridos a SUPERAR):
Serán reconocidos los pagos extras realizados por los socios a los prestadores/profesionales como por ejemplo Co-pagos, Co-seguros, diferenciados por consultas médicas, etc.-
Quedan exceptuadas las prestaciones indicadas en el
punto 7 del presente reglamento.-
Requisitos para solicitarlo:
Remitir dentro de los 30 días corridos posteriores a la fecha de factura lo siguiente:
Solicitud de página Web.-
Factura emitida por el prestador/profesional.-
Último recibo de sueldo o haber jubilatorio.-
7) PRESTACIONES NO COMPRENDIDAS:
Acto Profesional Bioquímico.-
Acto Profesional Odontológico.-
Cirugía Plástica no Reparadora.-
Cirugía Estética.-