Beneficios
Noche de Bodas
La Asociación Mutual de Empleados de Escribanía de la Provincia de Buenos Aires brinda el beneficio denominado NOCHE DE BODAS para el mayor bienestar de sus socios de acuerdo a su reglamentación.
Son beneficiarios los Asociados empleados de escribanía de la provincia de Buenos Aires en relación de dependencia y los jubilados como tales y sus respectivos cónyuges.
El socio deberá encontrarse al día con el pago de la cuota mutual, tanto al momento del hecho que genere el beneficio como asimismo al momento de solicitar y percibir el mismo. No se dará curso a solicitudes de socios morosos. Socio Moroso es aquel que se encuentre atrasado dos trimestres en el pago de la cuota social. El socio moroso recuperará su condición de socio activo y el derecho a percibir beneficios tres meses después de regularizar su situación. Además deberá registrar una antigüedad mínima e ininterrumpida de tres (3) meses como socio y cumplimentar los requisitos enumerados a continuación.
Costo de la noche de bodas en Hotel con un tope máximo de Pesos doscientos séis mil ($ 206.000) a partir del día 1º de Enero de 2026.-
Hotel: A elección del socio
Beneficiarios: socio y su cónyuge.
Forma de Pago: Al socio por reintegro.
Requisitos para solicitarlo:
Remitir dentro de los 30 días fecha factura.
Solicitud de página Web.
Fotocopia Partida de Matrimonio certificada por escribano.
Factura del costo de la noche de Hotel.
Último recibo de sueldo ó haber jubilatorio.
Nota: De otorgarse el beneficio el importe correspondiente se abonará al socio por transferencia bancaria en la cuenta corriente, cuenta corriente especial o caja de ahorro del banco que obligatoriamente indique. Acreditado en ella se considerará pagado legalmente. El beneficio se pagará por ese único medio, excepto que la Mutual disponga otro medio de pago.