Beneficios

Gimnasia Salud

La Asociación Mutual de Empleados de Escribanía de la Provincia de Buenos Aires brinda el beneficio denominado GIMNASIA SALUD para el mayor bienestar de sus socios de acuerdo a su reglamentación.
Son beneficiarios los Asociados empleados de escribanía de la provincia de Buenos Aires en relación de dependencia y los jubilados como tales.
El socio deberá encontrarse al día con el pago de la cuota mutual, tanto al momento del hecho que genere el beneficio como asimismo al momento de solicitar y percibir el mismo. No se dará curso a solicitudes de socios morosos. Socio Moroso es aquel que se encuentre atrasado dos trimestres en el pago de la cuota social. El socio moroso recuperará su condición de socio activo y el derecho a percibir beneficios tres meses después de regularizar su situación. Además deberá registrar una antigüedad mínima e ininterrumpida de tres (3) meses como socio y cumplimentar los requisitos enumerados a continuación.

La finalidad del beneficio es contribuir a desarrollar el socio una vida sana y moderna.
Monto Beneficio: Hasta un tope máximo de Pesos cincuenta y cuatro mil ($ 54.000) mensuales a partir del 1º de Enero de 2026.
Forma de pago: Al socio por reintegro.
Termino beneficio: UN AÑO. Renovable.
Renovación: A cada vencimiento.

Solicitante y destinatario del beneficio: 
Socio titular exclusivamente.
Requisitos para solicitar el beneficio.
Remitir dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura: 
Solicitud de la pagina Web.
Prescripción Médica de la actividad.
Recibo o Factura oficial.
Fotocopia último recibo de sueldo o haber jubilatorio.

Requisitos para renovarla:

Remitir durante el mes de su vencimiento: 
Solicitud de la página Web.
Prescripción Médica actualizada.
Recibo o Factura oficial.
Fotocopia último recibo de sueldo o haber jubilatorio.

Nota: De otorgarse el beneficio el importe correspondiente se abonará al socio por transferencia bancaria en la cuenta corriente, cuenta corriente especial o caja de ahorro del banco que obligatoriamente indique. Acreditado en ella se considerará pagado legalmente. El beneficio se pagará por ese único medio, excepto que la Mutual disponga otro medio de pago.